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Directiva CSRD

Directiva CSRD: está tu organización preparada para la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa

La Directiva CSRD, sobre presentación de informes de sostenibilidad corporativa, modifica la NFRD sobre presentación de informes no financieros. La modificación tiene dos efectos inmediatos: incremento de las obligaciones de divulgación y aumento del número de empresas obligadas a presentar informes de sostenibilidad.

La aplicación de la NFRD afecta a más de 11.000 organizaciones en la UE o que tienen negocios con países pertenecientes a esta. La Directiva CSRD tendrá alcance sobre cerca de 50.000 organizaciones. De hecho, en una etapa final, en 2028, un número considerable de PYMEs tendrán que presentar informes de sostenibilidad de acuerdo con lo exigido por la directiva.

El aumento en el número de organizaciones obligadas a ello es la principal razón para empezar a planificar procesos que garanticen el cumplimiento con la Directiva CSRD. Las organizaciones que ya cumplen con NFRD deben revisar qué cambia con la nueva norma. Mientras, aquellas otras que acaban de iniciar su experiencia con la presentación de informes de sostenibilidad corporativa, necesitan saber qué requiere la Directiva CSRD.

¿Cuáles son los nuevos requisitos de la Directiva CSRD?

Temas de divulgación y criterios para las organizaciones a las que aplica son los dos puntos más relevantes en cuanto a cambios presentados por la Directiva CSRD en comparación con NFRD. Se identifican grandes bloques que resumen las inquietudes de profesionales con responsabilidades en el tema y de organizaciones que operan en la Unión Europea. Son los siguientes:

1. Periodos de Aplicabilidad

Directiva ¿Desde cuándo se aplica?
NFRD
  • Año fiscal 2018
CSRD
  • Enero de 2024: organizaciones obligadas a NFRD deben presentar informes en 2025, con base en datos de 2024.
  • Enero de 2025: grandes organizaciones no obligadas a NFRD informan en 2026 sobre datos de 2025.
  • Enero de 2026: PYMEs cotizadas, empresas de seguros y otras pequeñas organizaciones informan en 2027 sobre los datos de 2026.

2. Aplicabilidad por tipos de empresas

Directiva ¿Qué tipo de organizaciones están obligadas?
NFRD
  • Organizaciones de interés público con más de 500 empleados, lo que incluye:
    • Sociedades cotizadas en bolsa.
    • Bancos.
    • Compañías de Seguros.
CSRD
  • Organizaciones con más de 250 empleados.
  • Organizaciones que facturan más de 40 millones de euros.
  • Organizaciones con activos de más de 20 millones de euros.
  • Es preciso cumplir dos de los tres criterios.

3. Número de organizaciones

Directiva ¿Cuántas organizaciones están obligadas?
NFRD
  • 11 600
CSRD
  • 49 000

4. Requisitos

Directiva ¿Cuáles son los temas de divulgación?
NFRD
  • Protección ambiental.
  • Responsabilidad social y respeto a los trabajadores.
  • Derechos humanos.
  • Soborno y anticorrupción.
  • Inclusión y diversidad en la Alta Dirección.
CSRD
  • Requisitos generales:
    • Inclusión en el informe anual.
    • Garantía externa a partir del año fiscal 2024.
    • Principios de presentación de informes.
    • Formato y tiempo.
  • Divulgaciones generales:
    • Modelo de negociación, estrategias y políticas.
    • Indicadores clave de rendimiento y objetivos.
    • Gobernanza de la organización y sostenibilidad.
    • Debida Diligencia.
    • Doble materialidad.
    • Gestión de riesgos.
  • Divulgaciones específicas
    • Medio ambiente, incluida la taxonomía de la UE.
    • Social.
    • Gobernanza.
    • Normas sectoriales.

5. Garantía de terceros

Directiva ¿Es obligatoria la garantía de un tercero?
NFRD
  • No obligatoria para la mayoría de los países. En algunos, como Países Bajos, la garantía es un requisito de auditoría.
CSRD
  • Obligatorio. Existen varios niveles de garantía.
  • Integración en el informe del auditor.
  • Participación del socio clave de auditoría.
  • La garantía incluye la información sobre Taxonomía de la UE y los procesos para identificar información clave.

6. Dónde informar

Directiva ¿Dónde deben informar las organizaciones?
NFRD
  • Se incluyen en los informes anuales.
CSRD
  • Se incluyen en los informes de gestión.

7. Formato de presentación

Directiva ¿Qué formato se utiliza para presentar los informes?
NFRD
  • PDF o en línea.
CSRD
  • En formato electrónico.

Desafíos que implica el cumplimiento de la Directiva CSRD

El cumplimiento de la Directiva CSRD implica superar algunos retos. La complejidad de los informes de sostenibilidad no siempre está relacionada con el tamaño y la complejidad de la organización. Algunos temas de divulgación y obligaciones de cumplimiento representan un reto para organizaciones de cualquier tipo.

De esta forma, es poco probable alcanzar el cumplimiento con la Directiva CSRD sin contar con las herramientas tecnológicas que sean las apropiadas. Algunos aspectos que muestran una dependencia ineludible de la tecnología son los que se detallan a continuación:

1. Doble materialidad

La doble materialidad es un elemento relevante en la presentación de informes de sostenibilidad de acuerdo con CSRD. Es una tarea compleja porque no solo se evalúa el impacto en las personas y en el medio ambiente, sino el impacto financiero para la organización y, en ocasiones, sobre la cadena de valor.

2. Objetivos e indicadores

CSRD solicita a las organizaciones fijar objetivos inteligentes y que implementen los indicadores o KPIs adecuados para medir el avance en el camino hacia la obtención de esos objetivos.

3. Alcance de la información

La directiva europea solicita información prospectiva (hacia el futuro) y retrospectiva (sobre hechos ya ocurridos). El alcance se extiende ahora a toda la cadena de valor.

4. Taxonomía de la UE

Los informes de sostenibilidad necesitan guardar coherencia con la información de taxonomía de la UE. Este es el sistema de clasificación vigente para determinar si una actividad puede considerarse como sostenible.

5. Garantía

En una primera etapa, CSRD exige garantía limitada. La tendencia en el futuro es hacia la exigencia de garantías razonables.

6. Nuevos tipos de información de sostenibilidad

La inclusión de información de sostenibilidad dentro de la acostumbrada estructura de informes de gestión implica rediseñar el marco para acoger los nuevos ítems.

7. Requisitos TCFD

El Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima TCFD, recoge y divulga información sobre los esfuerzos de las organizaciones para tratar riesgos de calentamiento global, con destino a inversionistas. Los informes CSRD necesitan estar de acuerdo con esos informes.

8. Recursos tecnológicos

Las organizaciones necesitan incorporar recursos tecnológicos que satisfagan las necesidades de generación de informes, así como la recopilación, incorporación, tratamiento, evaluación y procesamiento de datos y registros necesarios para cumplir con cada una de las solicitudes de divulgaciones de CSRD.

Plataforma Tecnológica ESG

La Plataforma Tecnológica ESG se ha diseñado para ofrecer a organizaciones recursos necesarios para cumplir con las solicitudes de información de CSRD y poder hacerlo con la máxima eficiencia. Se trata de un desarrollo de alto nivel, basado en la nube y con la participación de Inteligencia Artificial.

Es, además, una solución de aplicaciones interconectadas que trabajan de forma colaborativa, lo que significa que es una herramienta que se adapta a las condiciones, características y necesidades de todo tipo de organizaciones. Para conocer más en profundidad la plataforma y todas sus ventajas solo tienes que contactar sin compromiso con un consultor.

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